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Presentación.- En cumplimiento al Art. 77 de la Constitución Política del Estado Parágrafo II establece que el Estado y la Sociedad tienen tuición plena sobre el sistema educativo y siendo que según Decreto Supremo Nº 4260 del 6 de junio del año 2020, se reglamenta las modalidades de educación, a distancia, virtual y semipresencial de los Sistemas de Educación Regular, como Unidad Educativa Privada responsable hemos elaborado la presente PROPUESTA DE IMPLEMENTACIÓN DE CLASES VIRTUALES, haciendo el enorme esfuerzo económico en tiempo de crisis, para implementar desde nuestra propia plataforma, con las licencias de acceso correspondientes y las capacitaciones a nuestro personal docente, clases virtuales efectivas y que mantienen los estándares de calidad que siempre ha tenido nuestra formación presencial. Propuesta que ha sido implementada luego de un análisis exhaustivo, cumpliendo con los aspectos pedagógicos y académicos que corresponden.